Obtención de estimaciones de costos antes de obtener un artículo o servicio si no tiene seguro o paga por sí mismo
A partir del 1 de enero de 2022, si no está asegurado o paga usted mismo las facturas de la atención médica (no tiene que presentar sus reclamaciones a su plan médico), los proveedores y centros de atención sanitaria deben proporcionarle una estimación de los cargos previstos antes de que reciba un artículo o servicio. Esto se llama “estimación de buena fe”. Los proveedores y los centros deben proporcionarle una estimación de buena fe si la solicita o después de haber programado un artículo o servicio. Debe incluir los gastos previstos para el artículo o servicio principal que va a recibir y cualquier otro artículo o servicio que se preste como parte de la misma experiencia programada.
El proveedor o centro con el que se ponga en contacto para obtener un presupuesto de buena fe debe proporcionar una lista de todos los artículos y servicios relacionados con su atención.
Los proveedores y los centros deben:
- Proporcionar la estimación de buena fe antes de programar un artículo o servicio, dentro de ciertos plazos.
- Ofrecer una lista detallada de cada artículo o servicio, agrupada por el proveedor o centro que ofrece la atención. Cada artículo o servicio debe tener detalles específicos, como el código de asistencia médica que se le ha asignado y la tarifa prevista.
- Explicarle la estimación de buena fe por teléfono o en persona, si lo solicita, y después enviarle una estimación por escrito (en papel o electrónico).
- Proporcionar la estimación de buena fe de una manera que sea accesible para usted.
Una vez que reciba una estimación de buena fe de parte de su proveedor o centro, asegúrese de guardarla en un lugar seguro para poder compararla con cualquier factura que reciba más adelante. Vea un ejemplo de lo que puede incluir una estimación de buena fe (PDF). Si le han prestado el servicio y comprueba que el monto facturado supera en al menos $400 la estimación de buena fe, puede optar a iniciar un proceso de resolución de disputas entre pacientes y proveedores. Encuentre aquí más información sobre el proceso de resolución de disputas, incluyendo los requisitos de elegibilidad y qué información o documentos necesita para iniciar una disputa.
Si tiene preguntas o más información sobre su derecho a una Estimación de Buena Fe, visite www.cms.gov/nosurprises/consumers o llame al 1-800-985-3059.